El pleno del Poder Legislativo aceptó eliminar de la legislación penal mexiquense la prisión vitalicia y dejó como pena máxima para delitos graves sanciones de entre 40 y 70 años de prisión. Lo anterior, pese a que en el país existen otras 4 entidades que mantienen esta figura en sus códigos y 4 más que contemplan penas de entre 80 y 110 años.
La reforma surgió a partir de 2 iniciativas presentadas al Congreso el año pasado. Una de ellas, enviada por la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, buscaba atender un mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que invalidó la prisión vitalicia por considerarla una pena “inusitada” y contraria al derecho a la reinserción social previsto en la Constitución mexicana.
Con este ajuste, se elimina del Código Penal de la entidad la prisión vitalicia para los delitos de crímenes de odio, homicidio calificado, homicidio a un familiar, feminicidio, extorsión, violación y robo con resultado de muerte, figuras donde se había incluido esta medida desde 2011.
El dictamen ya fue avalado por el Congreso y solo falta su publicación en la Gaceta de Gobierno para que entre en vigor de manera oficial. Actualmente, cualquier sentencia que contemple la prisión vitalicia resulta impugnable y puede ser revocada con facilidad mediante recursos legales.
Con esta decisión, el Estado de México se pone al corriente con los criterios constitucionales. Actualmente, solo quedan 4 entidades que mantienen la cadena perpetua en su legislación: Chihuahua (para feminicidio), Veracruz (homicidio calificado), Puebla (secuestro con agravantes) y Quintana Roo (plagio agravado). Por otro lado, 4 estados más contemplan penas temporales que superan las establecidas en el Edomex, con rangos de 80 hasta 110 años de cárcel.






