Funcionarios se regalan seguro de vida a nada de cambio de Gobierno en Ecatepec

A 2 meses de que concluya la actual administración municipal de Ecatepec, el cabildo aprobó facultar al alcalde contratar un seguro de vida de grupo, que incluya uno de separación individualizado, para beneficio de integrantes del ayuntamiento, así como servidores públicos de mandos medios y superiores.

Esta decisión se tomó hace una semana, al mismo tiempo que cientos de miembros del Sindicato Único de Trabajadores de los Poderes, Municipios e Instituciones Descentralizadas del Estado de México realizaban bloqueos y protestas por el incumplimiento a su convenio de prestaciones laborales por parte del gobierno local.

El pasado 26 de octubre, la mayoría de regidores, síndicos y el presidente municipal petista Jesús Palacios Alvarado votaron a favor de avalar, sin discusión, el reglamento interno del cabildo de Ecatepec, al considerarse un asunto de interés público y de orden social urgente y obvia resolución.

En el documento, que tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de la administración pública, se le dio facultad al edil de contratar el citado seguro de vida, que contempla uno de separación individualizado.

Este último es un beneficio que se convierte en un respaldo patrimonial para hacer frente a contingencias vinculadas con la pérdida de empleo por retiro voluntario, involuntario, jubilación, fallecimiento, invalidez o incapacidad total y permanente.

La vigencia podrá ser retroactiva a partir del 1 de enero de 2024, hasta el término de la relación laboral o la que como integrante del H. Ayuntamiento tenga cada beneficiario de este seguro anual, que no podrá exceder del 31 de diciembre de 2024, se lee en el escrito, en el cual no se establecen montos, ni condiciones.

El acuerdo incluye además dar facultad al alcalde de la conformación e integración de un fideicomiso público para la educación de los hijos de los empleados del municipio, y organismos descentralizados.

Se confiere instrumentar lo necesario para la constitución del fideicomiso previsto en la fracción anterior; suscribir los contratos respectivos y nombrar a los integrantes del comité técnico, indica el reglamento.

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