Fiscalía impugna liberación de maestro acusado de abuso sexual en Ecatepec

La Fiscalía General de Justicia del Estado de México interpuso un recurso en contra de la liberación de Víctor ‘N’, maestro de la secundaria Quetzalcóatl del municipio de Ecatepec, acusado de abuso sexual por tener un romance con una estudiante de 14 años de edad.

Un juez del Poder Judicial del Estado de México (PJEM) del distrito judicial de Ecatepec modificó la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa impuesta en contra de Víctor ‘N’.

Este sujeto, que se desempeña como profesor de secundaria, es señalado por su probable participación en el delito de abuso sexual en contra de una menor de edad.

Esto se dio a conocer luego de que los padres de una estudiante de 14 años de edad se percataran de una relación sentimental entre la joven y el maestro.

Si bien fue detenido por la fiscalía y presentado ante un juez por su probable intervención en el delito de abuso sexual en agravio de la menor, lo cierto es que en principio se había dado la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa.

No obstante, el juez responsable concedió un cambio de medida cautelar para que pudiera seguir su proceso en libertad e impuso presentarse de manera mensual ante el centro estatal de medidas cautelares y exhibir una garantía económica, que fue cubierta; además de prohibirle acercarse, convivir o comunicarse por cualquier medio con las víctimas, entre otros.

El juez ordenó su inmediata liberación, hecho por el cual protestó la fiscalía. El pasado lunes habría de llevarse una audiencia para estudiar las medidas cautelares de nueva cuenta; sin embargo, su defensa no se presentó y en consecuencia fue reagendada.

De acuerdo con la información del Código Penal del Estado de México, el delito de abuso sexual está contemplado en el artículo 270 y señala, entre algunos supuestos, “al que realice en el ámbito público o privado cualquier acto sexual sin el consentimiento de la víctima y, si el propuesto es llegar a la cópula, o a quien lo realice en su presencia, la obligue a observarlo o lo haga ejecutar entre sí o en otra o para el propio sujeto activo”.

“También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo. A quien cometa este delito se le impondría la pena de tres a siete años de prisión y de 200 a 500 veces el valor diario de UMA”.

Es de señalar que este delito se persigue de oficio y también se hace la precisión en el código de que quien realice estas acciones a un menor de edad o que no tenga la capacidad de comprender el hecho, tendrá una pena de 15 años de prisión y de 500 a mil veces el valor diario de la UMA actualizado.

Asimismo, contempla que es obligación de quien ejerce la patria potestad de las menores denunciar a las autoridades competentes cualquier presunto caso de abuso sexual en su contra.

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Redacción
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