Aunque el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), ya recibió los listados de aspirantes, todavía falta el visto bueno del Consejo General y que se fijen los topes de gastos de campaña para que las y los candidatos a diversos cargos del Poder Judicial puedan pedir el voto de alrededor de 13 millones de electores, sin caer en actos anticipados de campaña ni en alguna otra falta en materia electoral.
Las personas candidatas que funjan como servidoras públicas podrán continuar en funciones durante el período de campaña, siempre y cuando cumplan con el principio de equidad en la contienda y no interfiera con su horario y actividades o funciones laborales.
Al respecto, la consejera electoral, Karina Vaquera Montoya, informó que el Instituto Electoral tendrá que fijar el monto que podrán gastar como tope, el calendario electoral establece que la emisión de este acuerdo, en el seno del Consejo, se llevará a más tardar el 9 de abril y será la instancia federal quien fiscalice o si lo considera conveniente delegará esta función a la Unidad Técnica del IEEM.
No recibirán financiamiento público, ni podrán buscar recursos privados. Sus gastos serán sólo para cubrir gastos personales, viáticos y traslados.
“Los topes de gastos personales por cada persona candidata serán determinadas por el Consejo General del IEEM, en función del tipo de elección de que se trate, y no podrán ser superiores al límite de aportaciones individuales que pudieran realizar las personas candidatas independientes a diputaciones en la última elección de que se trate”, explicó.
Las campañas electorales se llevarán a cabo, a partir del 24 de abril y hasta el 28 de mayo. Durante ese lapso las personas podrán difundir su trayectoria profesional, méritos y visiones acerca de la función jurisdiccional y la impartición de justicia, así como propuestas de mejora o cualquier otra manifestación amparada bajo el derecho del ejercicio de la libertad de expresión, siempre que no excedan o contravengan los parámetros constitucionales y legales aplicables.
La legislación aclara que se entiende como propagandas el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que difundan las personas candidatas durante el periodo de campaña, donde queda prohibido el uso de recursos públicos para fines de promoción y propaganda.
Las personas servidoras públicas y juzgadoras en funciones que sean candidatas a un cargo de elección deberán actuar con imparcialidad, objetividad y profesionalismo en los asuntos que conozcan, por lo que deberán abstenerse de utilizar los recursos materiales, humanos y financieros a su cargo, con fines electorales para cualquier proceso electoral.
La difusión será solamente impresa en papel, queda prohibida la adquisición y contratación de tiempo en radio y televisión; podrán hacer uso de las redes sociales o medios digitales siempre que no a erogaciones para potenciar o amplificar sus contenidos.
Podrán llevar a cabo entrevistas de carácter noticioso y foros de debate, organizados y brindados gratuitamente por el IEEM, el sector público, privado o social, en condiciones de equidad.
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