Durante el 2025 seguirán vigentes las medidas de austeridad en el gobierno estatal y no se podrán crear nuevas plazas, hacer viajes al extranjero, ni se podrán erogar recursos que no estén contemplados en el presupuesto; todas las dependencias y entidades, así como poderes y organismos autónomos, deberán implementar nuevas medidas en materia de ahorro y contención del gasto durante el año, señala la Ley de Egresos de la entidad.
La ley que entra en vigor este 1 de enero aclara que no se podrán realizar erogaciones que no se encuentren devengadas y registradas en su contabilidad al día de hoy, 31 de diciembre, pues todas las áreas del gobierno estatal deberán apegarse a las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Enfatiza que el Poder Ejecutivo dará continuidad a las medidas de autoridad y disciplina presupuestaria, procurando mantener el óptimo funcionamiento de la administración, a través de una reingeniería, tendiente a lograr mayor eficacia y eficiencia en el cumplimiento del programa de desarrollo del Estado de México.
Todas las dependencias, entidades y poderes, así como organismos autónomos, deberán implementar medidas en materia de ahorro y contención del gasto, que permitan ejercer sus recursos de manera eficiente, responsable y en apego a los principios de austeridad, las cuales deberán ser publicadas durante en el primer trimestre del ejercicio fiscal.
Se deberán hacer esfuerzos por bajar las erogaciones en los conceptos relacionados con gastos ceremoniales y de orden social, comisiones de personal al extranjero, congresos, convenciones, ferias, festivales, desfiles, espectáculos cívicos, exposiciones y presentaciones, con gráficos y audiovisuales e impresos y publicaciones oficiales.
También se piden esfuerzos para no gastar en mobiliario, equipo de oficina, equipo de comunicaciones y telecomunicaciones, vehículos terrestres y aéreos, con la salvedad de los que resulten necesarios para salvaguardar la seguridad pública, la procuración de justicia, los servicios de salud y de educación.
Además, se deben evitar pagos por bienes inmuebles para oficinas públicas o para la celebración de nuevos arrendamientos, a menos que resulten indispensables y se justifiquen.
El documento avalado establece que el recurso que no sea ejercido en su totalidad, de acuerdo con el calendario, será considerado un ahorro presupuestario, siempre y cuando se alcancen las metas proyectadas y se procure el uso eficiente de los recursos.
Sigue vigente la medida que establece que las dependencias no podrán efectuar directamente gastos de publicidad y comunicación social; se promoverá la utilización de medios electrónicos, en términos de la ley de gobierno digital, para la difusión de programas o acciones gubernamentales.
Las dependencias y entidades se abstendrán de efectuar propuestas de reestructura administrativa que impliquen erogaciones adicionales. Sólo se podrán hacer cuando se justifique por eficiencia y productividad.
No se podrán crear nuevas plazas para contratación de personal, debiendo promover en su caso y reubicaciones internas sin perjuicio de los derechos laborales de las y los trabajadores y se debe aplicar estrictamente el tabulador de sueldo, sin autorizar gratificaciones, estímulos extraordinarios o premios que no cuentan con la suficiencia presupuestal.
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